Tenemos la certeza de que los hijos no se escogen, llegan, sean biológicos o adoptivos. Cada encuentro entre padres e hijos es único, sin embargo, como institución nos hacemos responsables de buscar una familia para cada niño o niña que llega a nuestro programa de cuidado alternativo (Hogar Santa Bernardita o FAE).
La adopción es un proceso largo, lleno de retos y alegrías, de preocupaciones y satisfacciones, que es más fácil de recorrer si contamos con redes de apoyo. Queremos que cuenten con nosotros para recorrer este camino. Un asistente social y un psicólogo los prepararán para la parentalidad adoptiva a través de sesiones personalizadas y talleres colectivos.
Como sabemos que son muchas las dudas que surgen ante la posibilidad de adoptar, los invitamos a nuestras charlas informativas en las que responderemos sus inquietudes. Las charlas se realizarán en las fechas indicadas en nuestro sitio web. Es necesario inscribirse con anticipación y son gratuitas.
Si como resultado de la evaluación de idoneidad, los postulantes fuesen contraindicados o suspendidos de dicho proceso, las familias afectadas podrán interponer un recurso de reposición y de manera subsidiaria, el recurso jerárquico que la misma norma establece y que será conocido por el superior jerárquico de quien dictó el acto impugnado, es decir, solicitar al Director Ejecutivo del Organismo Acreditado, la reconsideración de la decisión, en un plazo de 5 días contados desde la comunicación formal, a través de una carta entregada personalmente o enviada por correo certificado, de modo que conste la fecha de entrega o envío.
Si los postulantes no desean solicitar reconsideración, o en caso de ser rechazada ésta, total o parcialmente, podrán presentar su reclamo por escrito ante el Director Nacional del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (Mejor Niñez) en le mismo plazo de 5 días contado desde la comunicación formal de la decisión, si es que no se solicita reconsideración, o desde la resolución que rechaza total o parcialmente la reconsideración. El Director Nacional del Servicio Mejor Niñez deberá resolver en un plazo no superior a 30 días, el cual podrá ampliarse hasta por 60 días más, en caso que se estime necesario derivar a los reclamantes a una reevaluación o instruir una fiscalización respecto del organismo acreditado, o realizar alguna otra diligencia que se estime pertinente.
Los requisitos guardan relación con lo que establece la Ley de Adopción 19.620 y puedes revisarlos aquí.
- Inscribirse en la charla informativa, gratuita, cuyas fechas se especifican en nuestro sitio web, pestaña Cómo Adoptar.
- Inscribirse al taller “Acercándonos a la Adopción”, cuyo objetivo es entregar información necesaria para que los matrimonios evalúen si desean ser padres adoptivos. Son 3 sesiones y tiene un valor de $50.000 por pareja.
- Los matrimonios que cumplan con los requisitos establecidos y que hayan participado del taller deben llenar una ficha de postulación y entregarla en nuestra oficina central junto con otros documentos que les solicitarán.
- Una vez que la ficha y los documentos han sido recibidos una asistente social realizará una primera entrevista a la pareja.
- Luego empieza la etapa de evaluación psico-social. Una vez terminada el matrimonio se incorpora al taller pre-adoptivo “Preparándonos para la adopción”.
- Si luego de este proceso el matrimonio es declarado idóneo para ser padres, se inicia la etapa de espera, preparación y acompañamiento, donde se incorporan al Ciclo de Foros donde se profundiza temas relacionados con la adopción.
La evaluación física, mental, psicológica y moral de los matrimonios está estipulada en la Ley 19.620 que rige los procesos de adopción. A esta exigencia legal, sumamos nuestro deber como Fundación de hacernos responsables de asegurar que las familias a las que llegan nuestros niños sean las mejores para ellos.
Una de las ventajas que tienen los padres adoptivos es la posibilidad de prepararse para la llegada de su hijo. El espacio que abren las evaluaciones, terapias, talleres y foros, deben ser vistos como una oportunidad para adquirir herramientas que más tarde les permitirán enfrentar temas tales como el origen del niño y el desarrollo del apego seguro con sus hijos e hijas.
Al igual que los padres biológicos, los matrimonios postulantes tampoco pueden elegir el sexo de su hijo. La única excepción es que la psicóloga evaluadora estime que, por razones fundadas, para un determinado matrimonio es mejor adoptar un hombre o mujer.
Una vez que el niño se encuentra en condiciones de ser entregado a un matrimonio, la asistente social que los ha acompañado durante todo el proceso les transmitirá a sus futuros padres de manera clara y transparente su historia de origen, les entregará antecedentes de su familia biológica, su registro de salud y toda la información relevante de la que disponemos de manera de facilitarles la crianza del niño.
Para ver los valores asociados al proceso haz click aquí.
Una vez que el juez declara a un niño como susceptible de ser adoptado la familia de origen pierde todos sus derechos sobre él. Por eso, cuando un niño es legalmente adoptado (Ley 19.620), pasa a ser hijo del matrimonio con todos los derechos y obligaciones mutuas que conlleva la paternidad.
Hacemos los mayores esfuerzos para preservar los vínculos fraternos, es decir, que los hermanos queden juntos y sean adoptados por una misma familia.
Ha sucedido que luego de una adopción ingresa a nuestros hogares el hermano de ese niño que ya vive en su familia adoptiva, en esos casos, lo que hacemos es tomar contacto con la familia para que consideren la posibilidad de acoger al hermano de su hijo adoptivo.
En estos casos es fundamental que la familia tenga las condiciones sociales y psicológicas para sumar un nuevo hijo.
Entre 0 y 3 años.